Guías Académicas

INTERPRETACIÓN Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA

INTERPRETACIÓN Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA

DOBLE GRADO EN TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN Y DERECHO

Curso 2017/2018

1. Datos de la asignatura

(Fecha última modificación: 20-06-18 12:53)
Código
102332
Plan
ECTS
4.50
Carácter
OBLIGATORIA
Curso
6
Periodicidad
Primer Semestre
Área
FILOSOFÍA DEL DERECHO
Departamento
Hª del Derecho y Fª Jurídica, Moral y P.
Plataforma Virtual

Campus Virtual de la Universidad de Salamanca

Datos del profesorado

Profesor/Profesora
Juan Manuel Pérez Bermejo
Grupo/s
3 (Tarde)
Centro
Fac. Derecho
Departamento
Hª del Derecho y Fª Jurídica, Moral y P.
Área
Filosofía del Derecho
Despacho
264
Horario de tutorías
A determinar según horario de clases.
URL Web
-
E-mail
jbermejo@usal.es
Teléfono
923 294500 Ext. 6973

2. Sentido de la materia en el plan de estudios

Bloque formativo al que pertenece la materia.

Formación obligatoria.

Papel de la asignatura.

Polivalente.

Perfil profesional.

Indeterminado.

3. Recomendaciones previas

 1.- Haber cursado y aprobado la asignatura de primer curso “Teoría del Derecho”.

2.- Dado que el alumno encontrará los materiales de trabajo en la plataforma virtual “Studium”, se recomienda que disponga de acceso a internet y de una cuenta de correo “usal” activada.

4. Objetivo de la asignatura

Los objetivos de la asignatura son teóricos y prácticos: aspiran a que el alumno se informe y reflexione sobre los problemas teóricos implicados en las actividades de argumentación y razonamiento jurídico (a); además, se proponen desarrollar en el alumnoalgunas de las habilidades y destrezas que son características de dichas actividades (b).

(a) La asignatura trata de hacer reflexionar al alumno sobre el sentido y el significado de acciones y ejercicios tan habituales en el trabajo del jurista como los de selección de fuentes normativas o interpretación de normas, así como la construcción de razonamientos y argumentaciones tendentes a la justificación de una determinada tesis jurídica. Este objetivo sólo puede ser cumplido atendiendo a las principales teorías y explicaciones de las actividades anteriores que se han propuesto por las principales escuelas de pensamiento jurídico. Por esta razón, un primer compromiso del alumno será el conocimiento de las principales teorías sobre el razonamiento que llevan a cabo los juristas, y un análisis de las mismas que pueda servir de estímulo a su propia reflexión.

(b) Además, la asignatura trata de facilitar al alumno el ejercicio adecuado de las actividades de razonamiento y argumentación jurídicas. La parte más extensa de la asignatura es por ello una parte analítica en la que, con ayuda de los instrumentos que nos proporcionan la lógica y el análisis teórico-jurídico, el alumno disponga de instrumentos y de técnicas adecuadas para resolver los problemas complejos del razonamiento jurídico, tales como el razonamiento mediante principios, la interpretación de las normas, la solución de lagunas y antinomias y el razonamiento sobre los llamados “fundamentos de hecho” o circunstancias fácticas de los casos particulares. El análisis de estos problemas deberá desarrollar la habilidad de los alumnos para construir razonamientos jurídicos, interpretar textos normativos, analizar los problemas fácticos de forma rigurosa, y expresar sus razonamientos orales y escritos de la forma más clara, precisa y comprensible. Especial importancia tiene en la asignatura el desarrollo de las habilidades de expresión oral; tal es la principal explicación de que la asistencia a las clases prácticas sea obligatoria: la participación activa y la exposición oral no es algo que pueda esperarse de los alumnos de forma altruista o voluntaria, pero es una necesidad dada la naturaleza de las actividades que muchos de ellos van a tratar de desarrollar profesionalmente.

 

5. Contenidos

Teoría.

Introducción: La Teoría del Razonamiento Jurídico. Objetivo y método. 1.- La Teoría del Razonamiento Jurídico como rama de la Filosofía del Derecho. 2.- Justificar y razonar en derecho.

Primera Parte. Aproximación histórica y doctrinal. Presentación.

Lección I. El modelo deductivo, silogístico o formalista. 1.- La tesis fundamental del modelo y su contexto político. 2.- La evolución posterior del modelo. 3.- Puntos débiles, decadencia y crisis.

Lección II. El modelo escéptico o realista. 1.- Las tesis fundamentales del modelo y su contexto histórico. 2.- Precedentes y evolución posterior. 3.- Puntos débiles.

Lección III. Modelos del siglo XX. 1.- El modelo mixto del positivismo del siglo XX. a) Tesis fundamentales del modelo. b) Críticas. 2.- El modelo argumentativo o principialista. a) Tesis fundamentales del modelo. b) Críticas. 3.- Conclusiones a modo de punto de partida.

Segunda parte. La selección de las premisas del razonamiento jurídico.

Lección IV. Reglas y principios. Especial consideración al razonamiento mediante principios. 1.- Reglas y principios. Algunos criterios de distinción. 2.- Las colisiones entre principios. a) La importancia del problema. b) Algunas guías para su solución.

Lección V. La interpretación de las normas jurídicas. 1.- La interpretación como actividad necesaria del razonamiento jurídico. 2.- Los rasgos particulares de la interpretación jurídica. 3.- Métodos de interpretación.

Lección VI. El razonamiento ante las patologías del sistema jurídico: lagunas y antinomias. Presentación. Sección I: lagunas. 1.- Concepto y clases de lagunas. 2.- Procedimientos para colmar las lagunas del derecho. Sección II: antinomias. 1.- Concepto y clases de antinomias. 2.- La disolución de las antinomias.

Lección VII. El razonamiento fáctico: la premisa menor del razonamiento jurídico. 1.- Presentación. 2.- La práctica de pruebas. 3.- La valoración de las pruebas. a) Modelos tradicionales de valoración. b) El modelo de valoración libre y motivada. 4.- Los estándares de prueba.

Práctica.

Responden a varios modelos de trabajo. Un primer modelo, muy directamente relacionado con la enseñanza teórica, puede limitarse a exigir de los alumnos que lean atentamente cada lección y estén en condiciones de formularle al profesor una pregunta y una crítica motivada de sus contenidos. Un segundo modelo consistirá en el análisis y comentario de algún texto filosófico especialmente revelador de algunas de las tesis que examinaremos durante el curso. El tercer modelo consistirá en la resolución de algunos casos particulares extraídos de la jurisprudencia, la doctrina o elaborados ad hoc.

En los dos últimos modelos, el trabajo del alumno se concretará en la respuesta a un cuestionario de preguntas específicas.

El primer y el segundo modelo pueden ser de mayor utilidad en la primera parte del curso; el tercer modelo será el habitual en la segunda.

6. Competencias a adquirir

Básicas / Generales.

CB1, CB2, CB3, CB4, CB5, A1, A2, A4, A5, A7.

Específicas.

B1, B2, B5.

7. Metodologías

La asignatura puede ubicarse como una rama de la Filosofía del Derecho. También puede interpretarse como una aplicación al derecho de la Teoría de la Ciencia; por eso no es infrecuente que se la denomine “Teoría de la Ciencia Jurídica” o “Teoría del Razonamiento Jurídico”. Esta ubicación metodológica explica el carácter fuertemente teórico de la asignatura y, con ello, el peso importante que deben atribuirse a las clases magistrales.

Dado que el material objeto de examen estará a disposición de los alumnos en la plataforma virtual Studium, las clases magistrales podrán concentrarse en la explicación selectiva de los aspectos y problemas especialmente complejos y dificultosos para los alumnos, y no tendrán por qué explicar exhaustivamente todos los puntos del programa. Para colmar posibles lagunas, los alumnos contarán con un número suficiente de tutorías.

Las clases prácticas se distinguirán de las teóricas o magistrales por la obligatoriedad de su asistencia. Al margen de este criterio formal, su distinción con las clases magistrales no puede ser tajante en cuanto al contenido. Como se ha dicho, es posible que algunas clases requieran del alumno la preparación obligatoria de preguntas y de críticas a los contenidos de la lección, preguntas a las cuales, probablemente, deberá seguir una explicación magistral del profesor. También es posible que el profesor compruebe el grado de comprensión de sus explicaciones mediante una pregunta sobre los contenidos explicados, pregunta que los alumnos responderían por escrito los últimos 10 minutos, y cuya simple presentación ya sería un dato positivo desde el punto de vista académico.

Las clases prácticas más habituales sí serán fácilmente distinguibles de las teóricas, porque consistirán en comentarios o análisis de textos o de casos particulares, y exigirán el debate y el concurso de todos los asistentes. El alumno ha de estar en condiciones de responder al cuestionario de las prácticas, pero puede ser interpelado por otro tipo de preguntas relacionadas con el caso, o sobre su grado de acuerdo o desacuerdo con las intervenciones de sus compañeros. El profesor adoptará además el papel de contra-opinante, y tratará de rebatir las soluciones propuestas por los alumnos, con independencia de su grado personal de acuerdo o desacuerdo con las mismas; se trata con ello de hacer un uso pedagógico de la conversación, de propiciar que el alumno se esfuerce en la mayor medida posible por explicitar y ordenar sus opiniones. Se pretende además que el alumno cobre conciencia de la complejidad de los problemas, pero también de que gane confianza a la hora de razonar sobre los mismos.

8. Previsión de Técnicas (Estrategias) Docentes

9. Recursos

Libros de consulta para el alumno.

  • R. ALEXY: Teoría de la argumentación jurídica. Madrid, CEC, 1989.
  • M. ATIENZA: El derecho como argumentación. Barcelona, Ariel, 2006.
  • M. GASCÓN (coord.): Argumentación jurídica, Valencia, Tirant lo Blanch, 2014.
  • V. ITURRALDE: Aplicación del derecho y justificación de la decisión judicial. Valencia, Tirant lo Blanch, 2003
  • K. LARENZ: Metodología de la ciencia del derecho. Barcelona, Ariel, 1994

Otras referencias bibliográficas, electrónicas o cualquier otro tipo de recurso.

 

  • M. CALVO GARCÍA: Los fundamentos del método jurídico: una revisión crítica. Madrid, Tecnos, 1994.
  • J. FERRER: Prueba y verdad en el derecho. Madrid, Marcial Pons, 2005.
  • J. FRANK: Derecho e incertidumbre. Buenos Aires, 1968.
  • H.L.A. HART: El concepto de derecho. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2009.
  • F. SCHAUER: Pensar como un abogado. Madrid, Marcial Pons, 2013.

Nota: Cada tema incluirá una bibliografía complementaria.

10. Evaluación